viernes, 29 de julio de 2016

EL PLAN DE ESTÍMULO Y FACILIDADES DE PAGO SE PRORROGÓ HASTA EL 31 DE AGOSTO

La Secretaría de Hacienda informa que se ha decidido la extensión del plan de estímulo y facilidades de pagos hasta el 31 de agosto inclusive. El mismo incluye amplios beneficios ya que dependiendo de cada moratoria se aplican 100% de reducción de multas e intereses y se dan planes de pago en hasta 12, 24 y 36 cuotas. En estos casos, tendrán un interés mensual accesible. También se contemplan reducciones especiales para jubilados, pensionados, bomberos y empleados municipales al margen también de contemplarse las distintas situaciones socioeconómicas en caso de corresponder.



Diálogo para informar y acordar
Se remarca la intención desde el municipio de establecer canales de diálogo tanto para informar como para arribar a los correspondientes acuerdos.
             
Cabe subrayar que los tributos son los utilizados para el funcionamiento integral de la comuna, como también de cada área que brinda servicios para toda la comunidad, los que pueden mejorarse y superarse si se cuentan con los recursos genuinos para hacerlo. También es necesario resaltar que para cumplir con el objetivo informativo, se han iniciando campañas con recorridas de los distintos inspectores locales de las áreas municipales correspondientes.        
             
Cabe recordar que la Moratoria I comprende a las tasas de la Red Vial; Recolección, Barrido y Conservación de la Vía Pública; por Inspección, Seguridad e Higiene; Sanitarios; Publicidad y Propaganda; Obras (cloacas-gas), Automotores; Patente rodados; Desmalezamiento y Alumbrado público.
             
La Moratoria II alcanza al régimen de facilidades de pago para deudores, contribuyentes y demás responsables que posean deuda por derechos y multas al 31 de diciembre de 2015. Se trata de los casos de Derechos de Cementerio, Viviendas y lotes adjudicados en sectores industriales planificados.
             
De la misma manera, comprende la Tasa por Servicios Varios, que corresponde a los días de depósito de vehículos, motovehículos y cuatriciclos retirados de la vía pública; y deudas por Derechos de Construcción.
           
También atañe a deudas por multas de Tránsito, deudas por renovación de Licencia de Remises y canon mensual y por actuaciones y servicios administrativos por Transporte Privado de Pasajeros, Transporte Público de Pasajeros y Transporte Escolar.
             
Se incorporan, de igual manera, deudas de proyectos financiados en el marco del Plan del Bicentenario y deudas por derechos de rifas y bonos establecidos por Reglamento de Rifas aprobado por Ordenanza 180/95.

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